EL MUNICIPIO DE CAÑAR INFORMA SOBRE EL PAGO DEL IMPUESTO DEL 1.5 POR MIL SOBRE LOS ACTIVOS TOTALES
El Municipio Intercultural de Cañar, a través de su Dirección Financiera, convoca a los contribuyentes del cantón a cumplir con la declaración y pago del impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales, correspondiente al ejercicio fiscal 2025.
¿Quiénes deben cumplir con esta obligación?
Deben presentar su declaración todas las personas naturales y jurídicas obligadas a llevar contabilidad que tengan su actividad económica en el cantón, tales como:
- Personas naturales, sociedades y compañías.
- Asociaciones y corporaciones.
- Comunas y Juntas administradoras de agua.
Beneficios y Exoneraciones
La municipalidad informa que existen casos especiales donde el contribuyente está exento del pago o recibe beneficios:
Adultos Mayores: En el caso de personas naturales, se exonera del pago a las personas de la tercera edad, de acuerdo con los beneficios de ley.
Sin fines de lucro: Las asociaciones que no persiguen fines de lucro están exoneradas del impuesto.
Sin movimiento económico: Si el negocio no tuvo movimiento de capital en 2025, la declaración se presenta en cero y solo se cancelan los gastos administrativos.
Plazos y Requisitos
Rosa Verdugo, analista de rentas, señaló que el trámite debe realizarse en las ventanillas 5 y 6 de Rentas presentando la declaración del Impuesto a la Renta 2025. Los plazos son:
Personas Naturales: Hasta el 30 de abril.
Sociedades y Organizaciones: Durante todo el mes de mayo, según el noveno dígito del RUC.
Evite Sanciones
El incumplimiento del plazo genera multas:
Sin movimiento: Multa del 5% de un salario básico.
Con movimiento: Multa del 5% del impuesto a cancelar más los intereses respectivos.
El Municipio de Cañar agradece su contribución, la cual se traduce en obras y servicios para el bienestar de todos los ciudadanos.
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